Acciones que puedes realizar antes de finalizar el año para rebajar tu declaración de la Renta 2021

Ante la proximidad del cierre del ejercicio fiscal de 2021, nos permitimos recordarte algunas de las acciones que se pueden realizar para rebajar la liquidación del IRPF de este año.

Cobros del ERTE

Los trabajadores que han estado en un ERTE y hayan cobrado la prestación deben estar atentos a los límites de la obligación a declarar. Al pasar a tener dos pagadores, la obligación pasa de los 22.000€ a 14.000€ si del segundo pagador, SEPE, se han cobrado más de 1.500€. 

En la mayoría de los casos estas prestaciones no han estado sujetas a retención, por lo que lo más probable es que el resultado de la Renta 2021 sea a ingresar. 

Para evitar sorpresas, se puede solicitar a las empresas un incremento de las retenciones sobre la nómina de diciembre.

Aportaciones a planes de pensiones

A partir de este ejercicio 2021 se han modificado los límites máximos para aportaciones a planes de pensiones privados. 

El límite máximo actual de deducción es de 2.000€ (hasta el ejercicio 2020 era de 8.000€) si bien estas aportaciones se pueden incrementar en 8.000€ más por aportaciones del ocupador a planes de pensiones de ocupación.

Las aportaciones realizadas a los sistemas de previsión social del cónyuge se han visto también reducidas, pasando de un límite máximo de 2.500€ a 1.000€, siempre que éste haya obtenido rendimientos netos del trabajo o actividades económicas inferiores a 8.000€ al año.  

Además, es necesario recordar que, si rescatas fondos de tus planes de pensiones en el ejercicio 2021, deberán tributar como rendimientos de trabajo, y si se rescata en forma de capital, se puede disfrutar de una reducción del 40% sobre el importe correspondiente a las aportaciones realizadas con anterioridad al 2017. Por el contrario, si se rescata en forma de renta, no se podrá aplicar esta deducción.

Incremento del tipo de la base imponible general y del ahorro

Como novedades para la declaración del IRPF de 2021 se han incrementado los tipos de gravamen de la base imponible general en 2 puntos porcentuales a partir de los 300.000€ (rentas de trabajo, del capital inmobiliario y de actividades económicas, etc). 

También se ha introducido un nuevo tramo en la escala del ahorro por encima de los 200.000€ que tributa un 26% (dividendos, intereses, ganancias patrimoniales…)

La amortización anticipada de la hipoteca o préstamo destinado a la adquisición de la vivienda habitual

Como siempre, se puede aprovechar para amortizar más hipoteca antes de finalizar el año hasta un límite de 9.040€, si adquiriste tu vivienda habitual antes del 31/12/2012.

Reinversión en vivienda habitual

Una de las deducciones más importantes es la dirigida a los contribuyentes que han vendido su vivienda habitual y reinvierten el importe obtenido en la compra de una nueva vivienda habitual. 

Esta reinversión se debe realizar en el plazo de dos años y, como novedad, el tiempo que duró el Estado de Alarma no computa para el plazo de esta deducción.

Transmisión de la vivienda habitual para los mayores de 65 años

Es necesario recordar que uno de los grandes beneficios fiscales es que la venta de la vivienda habitual para los mayores de 65 años está exenta de tributación. Por lo tanto, es recomendable que los contribuyentes que quieran transmitir su vivienda y estén cerca de los 65 años esperen a llegar a esta edad.

Constitución de renta vitalicia para mayores de 65 años

Los contribuyentes mayores de 65 años podrán excluir de gravámenes las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales (no necesariamente inmuebles), siempre que el importe (total o parcial) obtenido por la transmisión se destine en el plazo de seis meses a constituir una renta vitalicia aseguradora a su favor, con el límite de 240.000€. Para disfrutar de esta exención se dispone de hasta 6 meses sin contar el tiempo del Estado de Alarma.

Donativos

Hacer donaciones o aportaciones a fundaciones o asociaciones declaradas de utilidad pública desgrava un 80% para los primeros 150€, y un 35% para el resto (40% en el caso de que en los dos periodos impositivos inmediatamente anteriores se hubiesen realizado donativos a la misma entidad por un importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior).

Empresas de nueva creación

Confiar en empresas de nueva creación también tiene sus beneficios fiscales. Concretamente, invertir directamente en estos proyectos permite deducirse hasta un 30% de la cantidad que se aporte, hasta un máximo de 60.000€.

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