El pasado 10-08-2026 se publicó en el DOGV la Ley 5/2026, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat, publicada por la Presidencia de la Generalitat. En dicha Ley destacan, entre otras, unas interesantes novedades fiscales.
Tributos cedidos (IRPF, Patrimonio, Sucesiones y Donaciones, ITP)
- IRPF:
- Con efectos desde el 1 de enero de 2026 (modificación de la Ley 13/1997): Nueva escala autonómica del IRPF: tipos que van del 8,8% (hasta 12.000 €) al 29,5% (a partir de 200.000 €), con 10 tramos intermedios. Supone una rebaja generalizada del gravamen autonómico.
- Con efectos desde el 1 de enero de 2027: se aprueba una nueva rebaja adicional de la escala autonómica del IRPF, con tipos ligeramente inferiores a los de 2026 (del 8,7% al 29,25%).
- Impuesto sobre el Patrimonio: se eleva el mínimo exento de 1.000.000 € a 2.000.000 € para residentes en la Comunitat Valenciana.
- Sucesiones y Donaciones:
- Se reordenan y consolidan las reducciones en la base imponible (por parentesco, discapacidad, vivienda habitual, empresa familiar/agrícola, patrimonio cultural valenciano) y se incorpora una reducción del 95% en donaciones dinerarias (hasta 60.000 € por donatario) destinadas a la compra de vivienda habitual por mujeres víctimas de violencia de género.
- Con efectos desde el 1 de enero de 2026: Bonificaciones en cuota de Sucesiones y Donaciones: se mantiene el 99% para cónyuge, ascendientes/descendientes (grupos I y II) y personas con discapacidad, y se introduce una bonificación del 25% para parientes colaterales de 2º y 3er grado (hermanos, tíos, sobrinos), colectivo que antes no se beneficiaba en la misma medida.
- Con efectos desde el 1 de enero de 2027: Se eleva del 25% al 50% la bonificación en Sucesiones y Donaciones para los colaterales de 2º y 3er grado, manteniendo el 99% para grupos I y II. Es decir, la mejora para hermanos/tíos/sobrinos se aplica ahora en dos escalones (2026 y 2027).
- ITP: tipo reducido del 0,1% para las primeras copias de escrituras públicas de adquisición de vivienda habitual.
Tributos propios (tasas)
- Nuevas exenciones en la tasa de enseñanzas artísticas superiores: se amplía a familias numerosas/monoparentales de categoría especial, víctimas de bandas armadas o terrorismo, víctimas de violencia sobre la mujer, personas con discapacidad ≥33%, matrícula de honor, becarios, personas bajo protección de menores y personas en exclusión social.
- Actualización de tarifas en tasas administrativas educativas (expedición de títulos, certificados, duplicados, tarjetas de identidad, etc.), con importes concretos por servicio.
- Modificación completa de tasas en materia de espectáculos: se crea una tasa por el «servicio específico de admisión» (20 €, con bonificación del 50% para familias numerosas/monoparentales generales) y una tasa de inscripción en el Registro de Organismos de Certificación Administrativa (exenta si la inscripción deriva de una rectificación registral de sexo o nombre).
- Modificaciones en la tasa del IVASPE (pruebas físicas/psicotécnicas para acceso a policía local: 75 € cada una, más 10 € de certificación).
- Actualización de un extenso catálogo de tasas sanitarias (banco de sangre de cordón umbilical, hemoderivados, trasplantes, pruebas HLA, etc.).
- Se deroga el capítulo de tasas universitarias y el título de tasas de obra pública de la Ley 20/2017 (ver disposición derogatoria).
Fuente: DOGV núm. 10425, de 10/08/2026, CVE: DOGV-C-2026-26204.