El pasado 17 de diciembre de 2021 entró en vigor en todos los países de la Unión Europea la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, también conocida como la Directiva Whistleblowing.
Esta directiva establece normas mínimas comunes para la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión (contratación pública, protección del medio ambiente, salud pública, entre otros) en las empresas y obliga igualmente a todas aquellas empresas (privadas o públicas) de entre 50 y 249 personas a implantar un Canal de Denuncias.
¿En estos momentos todas las empresas tienen la obligación de tener un canal de denuncias?
No. En estos momentos, la obligación de tener un canal en la actualidad aplica únicamente a empresas con más de 250 empleados a partir del 2021 y, a partir de 2023, a aquellas que tengan más de 50.
Si bien es cierto que la Directiva entró en vigor oficialmente el 17 de diciembre de 2019, se había permitido a los estados miembros de la unión un periodo de 2 años para su transposición a la normativa interna de cada país. No obstante, España todavía no ha desarrollado ninguna norma al respecto, con la consiguiente inseguridad jurídica que ello comporta.
¿Qué es un canal de denuncias?
Un canal de denuncias es una herramienta que permite a los empleados y a otras personas alertar confidencialmente a una organización sobre sospechas de mala conducta.
¿Qué características debe tener el canal de denuncias de tu empresa?
- Que brinde anonimato y seguridad
- Fácil accesibilidad y fácil uso
- Cumplimiento de las normativas legales
- Información comprobable
¿Qué se puede denunciar en un canal de denuncias?
- Conductas y acciones inmorales o ilegales para con el desempeño del trabajo. Cualquier conducta que pueda infringir la normativa de riesgos laborales, comprometer la seguridad y salud de los empleados, así como el incumplimiento de los procedimientos de la empresa y de los códigos éticos podrá ser denunciada. En general, todo comportamiento que pueda entenderse fuera de la buena praxis empresarial.
- Gestión inadecuada o lucrativa de los recursos empresariales. Los conflictos de intereses, el uso de los activos empresariales para fines propios o la inadecuada gestión y manejo de los recursos también pueden constituir motivos para emitir una denuncia. En esta categoría entrarían delitos graves como aquellos que pueden atentar contra la salud pública, el Medio Ambiente o la Seguridad nacional.
- Robos. Cualquier tipo de robo, hurto o sustracción de bienes personales o laborales ajenos.
- Acoso laboral y/o sexual. Cualquier tipo de abuso de poder y acoso -laboral, sexual o de otra índole- mediante la intimidación y la amenaza oral, escrita o física, las conductas que violen los derechos laborales y los estatutos del trabajador así como el convenio colectivo son susceptibles de ser denunciados.
- Tratos discriminatorios o tráfico de influencias. La diferencia de trato sobre un empleado respecto a sus compañeros de trabajo a causa de razones que no están relacionadas con su desempeño laboral o comportamientos que objetivamente puedan ser considerados como mobbing, así como el tráfico de influencias o el aprovechamiento indebido de información.
- Mal uso de información clasificada. La manipulación, falsificación o publicación de datos de carácter reservado.
- Fraudes y corruptelas. El fraude fiscal, estafa, sobornos, malversación de fondos, blanqueo de capitales o cualquier tipo de corrupción podrá ser denunciada.
Si estás interesado en implantar un canal de denuncias en tu empresa, contacta con nosotros y te ayudaremos.