Nuevas medidas adicionales excepcionales en la Comunitat Valenciana

La Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública de la Generalitat Valenciana, ha publicado hoy, 24 de octubre de 2020, Resolución por la se acuerda medidas adicionales excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.

Las medidas adoptadas hasta este momento no han dado los resultados perseguidos, y la situación actual epidemiológica, de contacto y transmisión del virus sigue incrementándose, siendo altamente preocupante. Los datos que ofrece el informe de epidemiología de la Subdirección General de Epidemiología, Vigilancia de la Salud y Sanidad Ambiental de fecha 23 de octubre de 2020, revelan que «la Comunitat Valenciana se encuentra en un escenario de riesgo de transmisión alto». «Si bien la incidencia acumulada en los últimos 14 días es de 153,16 por 100.000 habitantes, los casos detectados en la última semana han duplicado los observados en la semana anterior con un incremento generalizado en todos los departamentos de salud. El número medio de casos diarios estimados es de 880.84 frente a 450.77 de la semana anterior. El índice básico de reproducción (R0) -siendo RO el índice que marca la transmisibilidad del virus; indicándose que por encima de 1, existe un mayor nivel de contagio y de riesgo de epidemia– es de 1,27 con tendencia ascendente. La tasa de positividad en la última semana es de 13 %, muy por encima del 4 % establecido por el Consejo de Europa como límite de positividad de las pruebas diagnósticas a partir del cual el riesgo de transmisión se ve incrementado. La proporción de pruebas positivas en Atención Primaria es de 47.7 % indicador considerado de valor de riesgo alto en el documento de actuaciones y respuestas coordinadas del Ministerio de Sanidad».

Medidas adicionales excepcionales

  1. Se prohíbe la circulación y permanencia en vías y espacios de uso público de todas las personas entre las 00.00 horas y las 06.00 horas, con algunas excepciones recogidas en la resolución.
  2. La participación en cualquier agrupación o reunión de carácter familiar y/o social, se limitará a un número máximo de 6 personas, tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.
  3. Los jardines y zonas de esparcimiento al aire libre permanecerán abiertos solamente desde las 8:00 a las 22.00 horas.
  4. En los establecimientos de hostelería y restauración se consumirá en mesa, con un máximo de 6 personas/mesa y cerrarán a las 00:00h. El uso de la mascarilla será obligado en todo momento salvo en el momento de la consumición.
  5. La venta de alcohol se prohíbe entre las 22:00h y las 08:00h del día siguiente.

Vigencia de estas medidas
La citada resolución surtirá efectos a la 1:00 hora del día 25 de octubre de 2020, hasta las 23.59 horas del 9 de diciembre de 2020.

Aqui puedes descargarte el texto completo de la RESOLUCIÓN.

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