Acciones que puedes realizar antes de que finalice el año para rebajar tu declaración de la renta 2020

Ante la proximidad del cierre del ejercicio fiscal del 2020, nos permitimos recordarte algunas de las acciones que se pueden realizar para rebajar la liquidación del IRPF especialmente este año en el que las medidas aprobadas por el Gobierno para reducir el impacto económico de la crisis del COVID-19 tienen repercusión directa a la declaración de la Renta 2020.


Cobros del ERTE

Los trabajadores que han estado en un ERTE y hayan cobrado la prestación tienen que estar atentos a los límites de la obligación a declarar. Al pasar a tener dos pagadores, la obligación pasa de los 22.000€ a 14.000€ si del segundo pagador, SEPE, se han cobrado más de 1.500€.

En la mayoría de los casos estas prestaciones no han estado sujetas a retención, por el que lo más probable es que el resultado de la Renta 2020 sea a ingresar.

Para evitar sorpresas, se puede solicitar a las empresas un incremento de las retenciones sobre la nómina de diciembre.


Aportaciones a planes de pensiones

Los actuales beneficios fiscales por aportaciones a planes de pensiones privados finalizan el 31/12/2020 (según el Proyecto de los Presupuestos Generales del Estado por el 2021).

A partir de esta fecha el límite máximo de deducción será de 2.000€ cuando actualmente es de 8.000€ o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio, independientemente de la edad.

Las aportaciones realizadas a los sistemas de previsión social del cónyuge también se verán reducidas a partir del 2021, pasando de un límite máximo de 2.500€ a 1.000€.

Además hay que recordar que si rescatas fondo de tus planes de pensiones este 2020, tendrás que tributar como rendimientos de trabajo, y si se rescata en forma de capital, se puede disfrutar de una reducción del 40% sobre el importe correspondiente a las aportaciones realizadas con anterioridad al 2017. Por el contrario si se rescata en forma de renta, no se podrá aplicar esta deducción.


Incremento del tipo de la base imponible general y del ahorro

En el Proyecto de los Presupuestos Generales del Estado para el 2021 se prevé incrementar el tipo de gravamen de la base imponible general en 2 puntos porcentuales a partir de los 300.000€ (rentas del trabajo, del capital inmobiliario y de actividades económicas, etc).

También habrá un incremento de 3 puntos porcentuales a las rentas del ahorro a partir de los 200.000€ (dividendos, intereses, ganancias patrimoniales,….).

Para anticiparse a estos incremento es conveniente, en la medida de lo posible, que los contribuyentes que tienen rentas superiores a 300.000€ avancen los ingresos o rendimientos antes de finales de año así como todo aquellos interesados a transmitir bienes con ganancia o percibir beneficios superiores a los 200.000€ también lo hagan.


La amortización anticipada de la hipoteca o préstamo destinado a la adquisición de la vivienda habitual

Como siempre, se puede aprovechar para amortizar más hipoteca antes de que finalice el año, hasta un límite de 9.040€, si adquiriste tu vivienda habitual antes del 31/12/2012.


Reinversión en vivienda habitual

Una de las deducciones más importados es la dirigida a los contribuyentes que han vendido su vivienda habitual y reinviertan el importe obtenido en la compra de una nueva vivienda habitual.

Esta reinversión se tiene que realizar en el plazo de dos años y, como novedad, el tiempo que duró el Estado de Alarma no computa por el plazo de esta deducción.


Transmisión de la vivienda habitual para los mayores de 65 años

Hay que recordar que uno de los grandes beneficios fiscales es que la venta de la vivienda habitual por los mayores de 65 años está exenta de tributación. Por lo tanto es recomendable que los contribuyentes que quieran transmitir su vivienda y estén cerca de los 65 años esperen a llegar a esta edad.


Constitución de renda vitalicia para mayores de 65 años

Los contribuyentes mayores de 65 años podrán excluir de gravamen las ganancias patrimoniales que se ponen de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales (no necesariamente inmuebles), siempre que el importe (total o parcial) obtenido por la transmisión se destine en el plazo de seis meses a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor, con el límite de 240.000€. Para disfrutar de esta exención se dispone de hasta 6 meses sin contar el tiempo del Estado de Alarma.


Donativos

Una de las novedades legislativas del año es el incremento en cinco puntos porcentuales de la deducción por donativos, que pasa al 80% para los primeros 150€, y al 35€ del resto (40% en el caso de que el donativo se haga habitualmente a la misma entidad).


Empresas de nueva creación

Confiar en empresas de nueva creación también tiene sus beneficios fiscales. Concretamente, invertir directamente en estos proyectos permite deducirse hasta un 30% de la cantidad que se aporte, hasta un máximo de 60.000€.

Si necesitas asesoramiento fiscal, a dk assessors posamos a tu alcance todo nuestro equipo de profesionales. 

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